Hoy en día, es muy común que los titulares de masters como productores, labels, artistas o representantes firmen contratos con las que hoy son denominadas “agregadoras” o distribuidores digitales; las cuales se encargan de distribuir la música en un formato digital.
El papel de éstas “agregadoras” ha tomado un gran protagonismo pues fungen como el intermediario entre el artista o, en su defecto, el titular de los derechos y las plataformas de distribución musical como lo son Spotify, iTunes, YoutubeMusic, entre otras. Por esta razón, es de suma importancia saber en qué términos y condiciones se encontrarán frente a la empresa con la que firmen dicho acuerdo.
Uno de los puntos fundamentales en este tipo de contratos es la vigencia, dado que en la mayoría de los casos se maneja una vigencia “abierta”, la cual a menudo puede determinarse por contrato ”hasta la entrega del último master para distribución”, siendo una fecha indefinida porque difícilmente se establece la cantidad de masters o grabaciones a entregar, es decir, las canciones se entregan conforme se van liberando y éstas podrán resultar cada vez una extensión más del término del contrato.
Es por ello que, si bien es cierto estas relaciones con “agregadoras” representan una ventaja para los artistas, también es recomendable que los titulares de los derechos de autor o conexos, se aseguren de conservar la libertad para ejercer los derechos mencionados y evitar terminar “casados” con las distribuidoras.
Mtro. en Derecho Carlos Alvarado Butanda